miércoles, 16 de diciembre de 2020

Próxima Tercera Década y Nueva Usura LA NUEVA USURA: FINANCIARIZACIÓN DE LAS MICROFINANZAS

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Próxima Tercera Década y Nueva Usura

 

LA NUEVA USURA:

 

FINANCIARIZACIÓN DE LAS MICROFINANZAS

 

Omar Velasco Ortiz

09/12/2020

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“No había que perder ni un segundo. Sacó el hacha de debajo del abrigo, la levantó con las dos manos y, sin violencia, con un movimiento casi maquinal, la dejó caer sobre la cabeza de la vieja”. Así narra Dostoyevski el homicidio de la vieja Aliona Ivánovna en su novela Crimen y castigo. Su asesino, Raskólnikov la consideraba un “vampiro que chupaba la sangre a los necesitados” debido al modo como se ganaba la vida. Esa vieja era para él “un ser nocivo, lleno de maldad, que minaba la vida de otros seres” porque se dedicaba a la usura. El carácter, moral y socialmente, condenable de esta práctica era una de las razones con las que Raskólnikov pretendía justificar su crimen.

La inmoralidad del cobro de intereses excesivamente altos por un préstamo no es algo que sólo aparezca en esa famosa obra del escritor ruso. De hecho, la historia de su rechazo, condena y prohibición en el mundo occidental es de muy larga data. Por ejemplo, durante la edad media cualquier cobro de interés (alto o bajo) se consideraba ilícito por la injusticia que representaba para los prestatarios. La moral cristiana, la filosofía aristotélica y el derecho romano, fuentes de la escolástica medieval, sirvieron como fundamento jurídico para la prohibición legal de la usura o el cobro de cualquier interés (Martínez, 1963).

Debido a la necesidad de dinamizar las actividades mercantiles, fueron surgiendo nuevos tipos de mecanismos financieros que intentaron burlar la acusación de la usura hasta que el crédito y el cobro de intereses consiguieron ser actividades económicas perfectamente normales y socialmente aceptadas. El surgimiento del capitalismo hizo que las discusiones sobre la ilegitimidad de la usura fueran desapareciendo. Inclusive surgieron teorías teológicas y jurídicas basadas en principios calvinistas que, acorde con los nuevos valores de la sociedad capitalista, consideraban que el incumplimiento del pago de los intereses era injusto para los prestamistas (Martínez, 1963).

Estas discusiones, que parecieran tan remotas, de alguna manera se han reactualizado en algunos debates contemporáneos relativos a las microfinanzas. Este término se utiliza para referirse a la provisión de servicios financieros para personas en situación de pobreza o de bajos ingresos, que en condiciones normales no podrían acceder a ellos. El principal producto de las instituciones microfinancieras son los microcréditos con los que se busca dar oportunidades de financiamiento a personas que necesiten adquirir activos productivos o generar patrimonio a través del préstamo de cantidades relativamente pequeñas de dinero (Oliva, 2010).

Los defensores de los microcréditos sostienen que estos pueden ser medios para incentivar el desarrollo, combatir la pobreza y reducir brechas de desigualdad económica (Guevara, 2013). Este sentido solidario constituiría a los microcréditos como instrumentos económicos ética y socialmente deseables. Sin embargo, cuando no hay marcos regulatorios que protejan a los beneficiarios del crédito, sus efectos tienden a ser contrarios a esas finalidades sociales. Cuando el enfoque de los servicios micro financieros es exclusivamente rentístico, cuando generan escenarios de sobreendeudamiento por el cobro de altas tasas de interés, se desencadena una mayor vulnerabilidad y desigualdad social y económica en la población. A este fenómeno, en el que los microcréditos pierden su sentido solidario, se le conoce como “financiarización de las microfinanzas” (Guevara, Ramírez, Rodríguez, Salamanca y González, 2020).

El debate en torno a las diferencias entre las microfinanzas que privilegian los intereses de los inversionistas financieros y las que buscan el mejoramiento de la vida de los prestatarios actualiza la vieja discusión sobre las condiciones bajo las cuales el crédito y el pago de interés son éticos o legítimos. Además, pone bajo la lupa las estrategias con las que las instituciones financieras intentan justificar nuevas formas de usura para seguir “minando la vida” y “chupando la sangre” de los más necesitados.

 

Referencias:

 

.Guevara, D. A. (2013). Finanzas y desigualdad, una mirada exploratoria desde la perspectiva de la financiarización. Revista Panorama Económico Panorama Económico, (21), 53-73.

.Guevara, D., Ramírez, N., Rodríguez, A., Salamanca, S. y Gonzalez, M. (2020). Evolución de las microfinanzas desde la perspectiva de la financiarización. Panorama Económico, 28(3), 159-181.

.Martínez, E. (1963). El interés y la usura (Tesis doctoral). Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires.

.Oliva, M. (2010). Las microfinanzas en México, un acercamiento. Revista Ciencia Administrativa, (1), 45-53.

.Omar Velasco Ortiz

.Estudiante del Programa de Posgrado en Estudios Latinoamericanos de la Universidad Nacional Autónoma de México.

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