Gustavo Pérez Hinojosa
Bajo el nombre de “Política Nacional de Competitividad y Productividad”, el real Gobierno del país, que es el de la CONFIEP ha dispuesto, a través del Presidente Martín Vizcarra la “generación y mejora de los mecanismos para el tránsito de la informalidad a la formalidad en el empleo, con mayor productividad”, con la simple reducción de los derechos labores de los trabajadores formales para hacer así menos costoso para los empresarios, el tránsito de los trabajadores informales a la formalidad : una formalidad adecuada es para ellos una formalidad con menos o sin derechos.Asimismo plantea “Revisar y adecuar el marco regulatorio y los servicios de empleo en función de las necesidades del mercado laboral”. Cuando los empresarios y su Gobierno hablan de mercado laboral no están hablando de un “ente” distinto a los seres humanos que tiene sus propias necesidades vitales como nosotros sino en fin de cuentas y de una forma elegante, de las necesidades e intereses de los propios empresarios, pues advierten que, “cuando los mercados labores exhiben una dualidad marcada por la presencia de un número reducido de trabajadores que disfrutan de protección y beneficios laborales, y una mayoría que no, la productividad se ve perjudicada por la desmotivación de la fuerza laboral y la reducción de la inversión de las empresas”. Es por ello que, para que una mayoría de trabajadores informales “no se desmotive” por la existencia de una minoría laboral que si tiene protección y beneficios laborales, perjudicando la productividad, es necesario no extender esta protección y beneficios a la mayoría informal sino reducir o despojar de la protección y beneficios laborales a la minoría que si los posee para que “se sientan motivados” y “en condiciones de igualdad”, lo que redundará en una mayor inversión de las empresas, muy preocupadas por esta “desmotivación”.
Particular atención pone esta norma en el costo laboral del despido, señalando que “una de las consecuencias de la dificultad para despedir trabajadores se expresa en el encarecimiento del término de la relación laboral, el cual puede incidir negativamente en el nivel de empleo formal, además de generar desigualdad en la sociedad”, pues “ el costo que genera la desvinculación laboral limita el crecimiento del empleo ante un escenario de crecimiento económico y mantiene invariante la tasa de desempleo ante una recesión. Es decir se generan bajos niveles contratación y despido”, lo que “altera la composición del mercado de trabajo”. En resumen “el efecto de la interpretación otorgada por el TC es la reducción de la probabilidad de tener un contrato por tiempo indefinido, el cual afecta a todos los trabajadores”.
A este respecto es necesario precisar, para quienes no lo conocen, que “el encarecimiento del término de la relación laboral“ solo se produciría para los casos en que se trata de un despido nulo o sin expresión de causa, por cuanto, conforme a Ley (Art.34° del Decreto Supremo 003-97-TR) el despido fundado en causas relacionadas con la conducta (la Ley admite tres causales) o capacidad (la ley admite tres causales) del trabajador no da lugar a indemnización, y en tal sentido lo que realmente busca imponer la CONFIEP es la reducción del costo de la “desvinculación laboral” del trabajador sin expresión de causa o a libre capricho, resultando ridículo que se señale que es “la interpretación otorgada por el TC sobre la adecuada protección del empleo frente al despido arbitrario”, y no la aplicación y respeto de lo ordenado por el Art.27° de la Constitución Política del Perú, y no la negativa interesada de los empleadores a generar empleos estables, la que reduce la probabilidad de tener un contrato a plazo indefinido.
Pero preguntémonos ¿Por qué la CONFIEP y su Gobierno Vizcarra quieren eliminar la reposición y abaratar el despido arbitrario?. Muy sencillo, pues porque un trabajador sin derecho a reposición frente al despido arbitrario no reclama sus derechos laborales y no forma Sindicatos, y así la patronal obtiene una mano de obra barata y sumisa.
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