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OIT Centenario
LA DECLARACIÓN DEL CENTENARIO DE LA OIT
Y LOS DERECHOS MALTRECHOS DE LOS TRABAJADORES
*Eduardo Camín
Opinión
15/08/2019
Nunca han coexistido tantas normas, instituciones, autoridades
encargadas de proteger la dignidad humana de los trabajadores a lo largo
y ancho del planeta. Y sigue siendo una de las paradojas más
desafiantes de nuestro tiempo la contradicción entre
el bienintencionado discurso sobre los derechos laborales que producen
las instituciones internacionales y los Estados nacionales y la
desdichada realidad que prevalece en la mayoría de los países.
El pasado 8 de agosto se dio a conocer públicamente la
declaración del Centenario de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT) para el futuro del trabajo adoptado por la conferencia en su
centésimo octava reunión, en Ginebra el 21 de junio de 2019.
Como único organismo tripartito de las Naciones Unidas, la OIT
esta reúne a representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores de
187 Estados Miembros para establecer normas internacionales, elaborar
políticas y diseñar programas para promover el
trabajo decente.
En estos documentos no se dan directivas precisas, son una serie
de recomendaciones, plenas de buenas intenciones, pero no que
necesariamente presupongan que la OIT es competente en materia de
política económica y financiera internacional.
Asimismo, en el primer periodo de sesiones del Comité
Preparatorio sobre la festividad del centenario de la (OIT), la Comisión
Mundial sobre el Futuro del Trabajo, anunció desarrollar su enfoque del
futuro del trabajo centrado en las personas, tomando
en consideración las profundas transformaciones en el mundo del
trabajo.
Resaltando que el diálogo social (la conciliación de clases),
incluida la negociación colectiva y la cooperación tripartita, es un
fundamento esencial de todas las actividades de la OIT y contribuye al
éxito de la elaboración de políticas y la toma de
decisiones en sus miembros.
En realidad, se ha redactado este documento que publicamos
parcialmente en consonancia con el espíritu de la Declaración de
Filadelfia según el cual “incumbe” a la OIT examinar y considerar
cualquier programa o medida internacional de carácter económico
o financiero con arreglo al objetivo fundamental de la justicia social.
La necesidad de actuar
Este año, en el que la OIT ha celebrado su centenario, era una
oportunidad única para recordar que los derechos de los trabajadores son
sistemáticamente violados en muchas partes del mundo. De hecho, algunos
Estados hacen letra muerta de los convenios
y recomendaciones de la OIT. Incluso en países que los han ratificado,
sin olvidar que la OIT se enfrenta a la uberización del mundo del
trabajo, una nueva economía basada en un sistema salvaje de derechos de
los trabajadores.
Pero, en nuestros días, el trabajo se ha convertido para
centenares de millones de personas en un bien escaso; un sufrimiento o
un peligro para aquellos que tienen “la suerte” de trabajar.
Sin embargo, después de un siglo, el derecho al trabajo
(relaciones y condiciones de trabajo) está codificado y las políticas
laborales se elaboran en el seno de la OIT. Ciertamente, sus reglamentos
han hecho posible una cierta mejora de las condiciones
laborales en ciertas regiones del mundo, en particular en Europa
durante el período siguiente a la II Guerra.
Pero hay que constatar que ni esa región del mundo escapa ya a
los problemas citados y que sus países se encuentran en plena regresión
en estos temas
Es necesario buscar el origen de todos estos problemas en la
organización de la producción y la orientación de las políticas
económicas. Además, tres decenios de política neoliberal, aplicada a
nivel planetario y la llamada mundialización, han exacerbado
las crisis.
Al poner a competir no sólo a los trabajadores sino también a los
Estados entre ellos, y al excluir aún más la economía del campo
político, esta mundialización neoliberal ha provocado una regresión en
las legislaciones que regulan las relaciones de trabajo
y ha debilitado aún más al ya desorientado movimiento sindical.
En este contexto, si bien el derecho laboral es conocido por todo
el mundo, el derecho al trabajo no lo es tanto. Por supuesto, la
reglamentación de las relaciones de trabajo es extremadamente
importante, pero hay que gozar previamente de un empleo del
que poder beneficiarse, algo nada fácil hoy en día.
El derecho al trabajo, que es reconocido a nivel internacional y
en la mayor parte de las legislaciones, responde a esta condición
previa. Como derecho humano que es, aporta al tratamiento de estas
cuestiones una dimensión que rara vez se pone por delante
y no es tenido en cuenta en la elaboración de las políticas y las
estrategias de lucha contra el desempleo y el subempleo.
En todo el mundo, los derechos de los trabajadores están
disminuyendo gradualmente. Más que nunca, es esencial luchar para
garantizar que todos los que trabajan -en cualquier lugar del mundo-
puedan hacerlo con dignidad, al tiempo que reciban un salario
decente.
El trabajo es esencial para todas las personas en la organización
de la sociedad actual. Contribuye no sólo a la formación de los
individuos, sino que también es necesaria para que cada uno pueda hacer
frente a sus necesidades y a las de su familia,
entablar y mantener vínculos sociales y cumplir con sus deberes para
con la sociedad.
¿Qué clase de trabajador requiere nuestra sociedad para poder
funcionar bien? Las clases dominantes ya lo tienen claro. En realidad,
se necesitan hombres que cooperen dócilmente en grupos numerosos con
salarios paupérrimos, que deseen consumir más y
más y cuyos gustos estén estandarizados y puedan ser influidos
fácilmente.
Es decir, hacer lo previsto por el sistema.
Anexo: La declaración del Centenario
La Conferencia declara que:
i) asegurar una transición justa a un futuro del trabajo que contribuya al desarrollo
sostenible en sus dimensiones económica, social y ambiental;
ii)
aprovechar todo el potencial del progreso tecnológico y el crecimiento
de la productividad,
inclusive mediante el diálogo social, para lograr trabajo decente y
desarrollo sostenible y asegurar así la dignidad, la realización
personal y una distribución equitativa de los beneficios para todos;
iii)
promover la adquisición de competencias, habilidades y calificaciones
para todos
los trabajadores a lo largo de la vida laboral como responsabilidad
compartida entre los gobiernos y los interlocutores sociales a fin de:
—
subsanar los déficits de competencias existentes y previstos;
—
prestar
especial atención a asegurar que los sistemas educativos y de formación
respondan a las necesidades del mercado de trabajo, teniendo en cuenta
la evolución del trabajo,
y
—
mejorar la capacidad de los trabajadores de aprovechar las oportunidades de trabajo decente;
iv)
formular políticas eficaces destinadas a crear empleo pleno, productivo
y libremente
elegido y oportunidades de trabajo decente para todos y en particular
facilitar la transición de la educación y la formación al trabajo,
poniendo énfasis en la integración efectiva de los jóvenes en el mundo
del trabajo;
v)
fomentar medidas que ayuden a los trabajadores de edad a ampliar sus
opciones, optimizando
sus oportunidades de trabajar en condiciones buenas, productivas y
saludables hasta la jubilación, y permitir un envejecimiento activo;
vi)
promover los derechos de los trabajadores como elemento clave para
alcanzar un crecimiento
inclusivo y sostenible, prestando especial atención a la libertad de
asociación y la libertad sindical y al reconocimiento efectivo del
derecho de negociación colectiva como derechos habilitantes;
vii) lograr la igualdad de género en el trabajo mediante un programa transformador, evaluando
periódicamente los progresos realizados, que:
—
asegure
la igualdad de oportunidades, la participación equitativa y la igualdad
de trato, incluida la igualdad de remuneración entre mujeres y hombres
por un trabajo de igual
valor;
—
posibilite una repartición más equilibrada de las responsabilidades familiares;
—
permita
una mejor conciliación de la vida profesional y la vida privada, de
modo que los trabajadores y los empleadores acuerden soluciones,
inclusive en relación con el tiempo
de trabajo, que tengan en cuentan sus necesidades y beneficios
respectivos, y
—
promueva la inversión en la economía del cuidado;
viii) asegurar la igualdad de oportunidades y de trato en el mundo del trabajo para las
personas con discapacidad, así como para otras personas en situación de vulnerabilidad;
ix)
apoyar el papel del sector privado como fuente principal de crecimiento
económico
y creación de empleo promoviendo un entorno favorable a la iniciativa
empresarial y las empresas sostenibles, en particular las microempresas y
pequeñas y medianas empresas, así como las cooperativas y la economía
social y solidaria, a fin de generar trabajo
decente, empleo productivo y mejores niveles de vida para todos;
x) apoyar el papel del sector público como empleador relevante y proveedor de servicios
públicos de calidad;
xi) fortalecer la administración y la inspección del trabajo;
xii)
asegurar que las modalidades de trabajo y los modelos empresariales y
de producción
en sus diversas formas, también en las cadenas nacionales y mundiales
de suministro, potencien las oportunidades para el progreso social y
económico, posibiliten el trabajo decente y propicien el empleo pleno,
productivo y libremente elegido;
xiii) erradicar el trabajo forzoso y el trabajo infantil, promover el trabajo decente
para todos y fomentar la cooperación transfronteriza, inclusive en áreas o sectores de alta integración internacional;
xiv) promover la transición de la economía informal a la economía formal, prestando la
debida atención a las zonas rurales;
xv) adoptar y ampliar sistemas de protección social que sean adecuados y sostenibles
y estén adaptados a la evolución del mundo del trabajo;
xvi) profundizar e intensificar su labor sobre migración laboral internacional en respuesta
a las necesidades de los mandantes y asumir una función de liderazgo en materia de trabajo decente en la migración laboral, y
xvii) intensificar la participación y cooperación en el sistema multilateral a fin de
reforzar la coherencia de las políticas, en consonancia con el reconocimiento de que:
—
el
trabajo decente es clave para el desarrollo sostenible, así como para
reducir la desigualdad de ingresos y acabar con la pobreza, prestando
especial atención a las zonas
afectadas por conflictos, desastres y otras emergencias humanitarias, y
—
en
un contexto de globalización, la no adopción por un país de condiciones
de trabajo humanas constituiría más que nunca un obstáculo al progreso
en todos los demás países.
*-Eduardo
Camín es analista uruguayo acreditado en ONU-Ginebra, asociado al
Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico (CLAE,
www.estrategia.la)
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